A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Vladimir Fernández Andrade
✓Claimant Arnulfo Molina Polo·Respondent Municipio Pie Decuesta
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
- Factor territorial
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 20 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Cartagena y el Juzgado 3 Civil Municipal de Piedecuesta (Santander).
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambos presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por parte demandante.
La Corte dio aplicación al criterio a prevención y privilegió la elección de la parte actora.
Por lo anterior, dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado 20 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Cartagena para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
Al otro operador jurídico involucrado se le indicó que, siempre que advierta un conflicto de competencia en materia de tutela, éste debe ser resuelto por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, en lugar de remitirlo a la Corte Constitucional, para lo cual se deben observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de este Tribunal, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 18 de junio de 2025, proferido por el Juzgado 020 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Cartagena, dentro del trámite de la acción de tutela promovida por el señor Arnulfo Molina Polo en su calidad de coordinador ejecutivo de la veeduría ciudadana "No A La Corrupción", en contra del municipio de Piedecuesta.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5069 al Juzgado 020 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Cartagena para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 003 Civil Municipal de Piedecuesta que, siempre que advierta un conflicto de competencia en materia de tutela, éste debe ser resuelto por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, en lugar de remitirlo a la Corte Constitucional, para lo cual se deben observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de este Tribunal, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
- CUARTO. Por la Secretaría General de esta corporación, COMUNICAR la presente decisión a la parte demandante, al Juzgado 020 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Cartagena y al Juzgado 003 Civil Municipal de Piedecuesta.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.